Guanajuato, Gto. – El Pleno del Congreso local aprobó reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Guanajuato en materia de justicia laboral, con las que se armoniza la legislación local con las modificaciones constitucionales.
Con estas reformas se incluye dentro de la ley la figura de los juzgados en materia laboral, adecuando su funcionamiento al resto de los órganos que ejercen actividad jurisdiccional que los ayudarán a cumplimentar las resoluciones judiciales en esta materia.
Se establece que la resolución de diferencias o conflictos entre trabajadores y patrones estará a cargo de tribunales laborales del Poder Judicial y se otorgan facultades al Supremo Tribunal de Justicia para conocer de los juicios laborales.
Asimismo, se establece en los artículos transitorios que la operación del sistema de justicia laboral en el estado de Guanajuato se dará de conformidad con el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 1 de mayo de 2019, y se precisa que el inicio de actividades de los juzgados laborales será el 01 de octubre de 2021 y su funcionamiento se dividirá en cuatro regiones:
- Región I, comprendida por los municipios de: Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional, Guanajuato, Romita, San Diego de la Unión, San Luis de la Paz y Silao de la Victoria, cuya sede se encontrará en Guanajuato.
- Región II, comprendida por los municipios de: Abasolo, Cuerámaro, Huanímaro, Irapuato, Jaral del Progreso, Pénjamo, Pueblo Nuevo, Salamanca y Valle de Santiago, cuya sede se encontrará en Irapuato.
- Región III, comprendida por los municipios de: Acámbaro, Apaseo el Alto, Apaseo el Grande, Atarjea, Celaya, Comonfort, Coroneo, Cortazar, Doctor Mora, Jerécuaro, Moroleón, Salvatierra, San José Iturbide, San Miguel de Allende, Santa Catarina, Santa Cruz de Juventino Rosas, Santiago Maravatío, Tarandacuao, Tarimoro, Tierra Blanca, Uriangato, Victoria, Villagrán, Xichú y Yuriria, cuya sede se encontrará en Celaya.
- Región IV, comprendida por los municipios de: Manuel Doblado, León, Ocampo, Purísima del Rincón, San Felipe y San Francisco del Rincón, cuya sede se encontrará en León.
Para hablar a favor del dictamen hicieron uso de la voz las diputadas Laura Cristina Márquez Alcalá y Celeste Gómez Fragoso.
Márquez Alcalá indicó que se vivía un momento histórico para la impartición de justicia en Guanajuato y que el dictamen en consideración permitiría que el Poder Judicial estatal se hiciera cargo de los juicios en materia laboral.
“Se trata de una cuestión trascendental y del más amplio calado, ya que no es cosa menor la creación de Tribunales laborales especializados dependientes del Poder Judicial. Además, los juicios serán orales, ágiles, modernos, expeditos y en presencia de un juez”, enfatizó la legisladora.
Agregó que, si bien era cierto que antes de entablar una demanda en materia laboral será necesario buscar una solución a los conflictos laborales por medio de la conciliación prejudicial, también lo era que en todos aquellos casos en que no se logre la conciliación las partes tendrán que acudir a juicio, lo que marcaba un parteaguas en la labor del Poder Judicial que ahora tendrá de conocer, substanciar y resolver juicios en materia laboral.
Por su parte, Gómez Fragoso manifestó que los juzgados laborales podrán contar con el número de jueces, secretarios de instrucción y demás personal de acuerdo con los requerimientos de ley y las necesidades del servicio que determine el Consejo del Poder Judicial.
Precisó que la desaparición de las Juntas de Conciliación y Arbitraje implicaba que los asuntos derivados de los conflictos individuales y colectivos que se susciten entre el capital y el trabajo sean conocidos, ventilados y resueltos, por tribunales del trabajo dependientes del Poder Judicial del Estado.
Asimismo, subrayó que con eso se daba fin a la instancia resolutora tripartita, que tanto los trabajadores y patrones justiciables, como los propios funcionarios del sistema y los litigantes estimaban que era un modelo agotado.
“Esta reforma permite jurídicamente, la transformación de las Juntas Federal y locales de conciliación y arbitraje en tribunales laborales independientes sin la intervención de intereses empresariales o sindicales, garantizando una justicia en materia laboral, por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial”, enfatizó Gómez Fragoso.
Finalmente, argumentó que uno de los impactos más importantes que tendrá la reforma era el de posibilitar que la justicia laboral, sea completa e imparcial, como lo mandata la Constitución y lo requieren los justiciables.
El dictamen fue aprobado por unanimidad en lo general. Al ser sometido a votación en lo particular, el diputado Juan Antonio Acosta Cano propuso una modificación al artículo tercero transitorio para que todas las regiones entren en funciones el 1 de octubre de 2021, su propuesta fue aprobada.